El ámbito de aplicación de dicho Impuesto, es el territorio de Catalunya.
El mismo afecta a las Sociedades, Personas Jurídicas, domiciliadas en Catalunya, y en
concreto a los activos de las mismas no productivos. En el caso de bienes inmuebles,
que los mismos, a su vez, estén ubicados en Catalunya.
Los activos, que según la indicada Ley pueden considerarse no productivos para la
sociedad, son los siguientes:

  • Bienes inmuebles.
  • Vehículos de motor con una potencia igual o superior a doscientos caballos.
  • Embarcaciones de recreo.
  • Aeronaves.
  • Objetos de arte y antigüedades con un valor superior al que establece la Ley del
    Patrimonio Histórico.
  • Joyas

El devengo del Impuesto sobre los Activos no Productivos de las Sociedades, Personas
Jurídicas, se devengará el 1 de enero de cada año. La declaración del impuesto
correspondiente al ejercicio 2021, se realizará telemáticamente mediante el
Modelo 540, y se presentará e ingresará entre el 1 y el 30 de junio del año 2022.