El Ministerio de Trabajo y Economía Social ha tiene previsto la aprobación de un Real Decreto que desarrolla los artículos 12.4 c), 34.9 y 35.5 del Estatuto de los Trabajadores, introduciendo cambios sustanciales en la regulación del registro diario de jornada.
El objetivo de la norma es garantizar un control horario efectivo, reforzando los principios de objetividad, fiabilidad y accesibilidad de los registros, que deberán realizarse por medios digitales.
Entre las principales novedades destacan:
- Registro digital obligatorio para todas las empresas, que refleje inicio y fin de la jornada, las pausas, la totalización diaria y mensual, si se desarrolla en modo presencial o a distancia, si es de naturaleza ordinaria o extraordinaria, etc.
- Prohibición de modificar los asientos sin la autorización conjunta de la empresa y de la persona trabajadora.
- Derecho de acceso de las personas trabajadoras, su representación legal y la Inspección de Trabajo, que podrán consultar los asientos del registros de forma inmediata y remota.
- Obligación empresarial de elaborar un protocolo interno de organización y documentación del registro, con participación de la representación legal. En este protocolo, debe concretarse, como mínimo: el procedimiento para practicar los asientos, la información que debe reflejarse y un sistema de evaluación periódica.
- Conservación de los registros durante cuatro años.
- Se prevén especialidades en caso de subcontratación de actividades o puesta a disposición de las personas trabajadoras a través de empresas de trabajo temporal.
Finalmente, recordamos que la trasgresión de las normas sobre registro de jornada por parte de la Empresa es una infracción grave tipificada en el artículo 7.5 del Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (“LISOS”), castigada con sanción de 751 a 7.500 euros.
Nuestro Despacho Balañá Eguía seguirá informando sobre su aprobación definitiva y entrada en vigor, y puede asesorarle en la adaptación de los sistemas de registro horario a las nuevas exigencias.



