Como les hemos indicado en anteriores ocasiones, la Ley estatal 19/2013 y la Ley catalana
19/2014, sobre transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, establecen
ciertas obligaciones de transparencia que deben ser observadas por aquellas sociedades que
cumplan determinados requisitos.
La transparencia se define como la acción proactiva de dar a conocer la información relativa a
los ámbitos de actuación y sus obligaciones
, de forma permanente y actualizada, para que esta
resulte más comprensible para las personas y por medio de los instrumentos de difusión, se
permita un acceso amplio y fácil a los datos de relevancia pública.
Las Sociedades obligadas a tener un portal de transparencia que cumpla con lo requerido en las
antedichas leyes son los siguientes:

  • Aquellas que perciban subvenciones o ayudas públicas de más de 100.000 € anuales.
  • Aquellas en que el 40% de sus ingresos anuales procedan de subvenciones o ayudas
    públicas, siempre que esta cantidad supere los 5.000 €.